Trabajar en un sector altamente especializado exige, además de estar continuamente en constante actualización, un conocimiento previo de la terminología utilizada. Es probable que como especialista en el tema ya conozcas al dedillo los términos de los que hablaremos, no obstante el objetivo de este glosario será resolver las posibles dudas de los “no iniciados” en este sector.
El primer término que introduciremos en nuestro glosario será “scrip-dividend”. Como sabes es un término que hace referencia al pago de dividendos por parte de las compañías cotizadas en el mercado bursátil.
La crisis financiera que está sufriendo nuestro país ha provocado que muchas de las compañías cotizadas han dejado de abonar sus dividendos en efectivo dando paso a la fórmula “dividendo – elección” también conocida como “scrip-dividend”.
Pero, ¿qué es un “scrip-dividend”? Los scrip dividends son emisiones de acciones realizadas para remunerar a los accionistas en lugar de los dividendos clásicos en efectivo. Ahora bien, cuando una empresa decide repartir dividendos puede realizarlo a través de dos vías:
- Repartiendo un importe en efectivo por acción. Por ejemplo 0,30€ / acción
- Repartiendo derechos de suscripción preferente que otorgarán al antiguo accionista el derecho a suscribir acciones nuevas en una ampliación de capital para evitar el efecto dilución (la pérdida de poder adquisitivo por aumentar el número de acciones en circulación).
La fórmula scrip – dividend nace como la alternativa al pago de dividendos en efectivo contra la generación de caja (dinero líquido) de las compañías. Hoy día, pocas son las compañías que disponen de suficiente caja o liquidez para abonar el dividendo en efectivo sin poner en riesgo sus balances, prefiriendo por tanto la emisión de un script-dividend. Trata de otorgar al accionista de la compañía la posibilidad de elegir entre tres opciones:
- Vender los derechos a la compañía a un precio determinado. Este precio es fijo y está sujeto a retención fiscal. Sería la opción más clásica del reparto del dividendo en efectivo.
- Vender los derechos en el mercado al precio que coticen. No tiene carga fiscal en el momento de la venta. La tendrán cuando se vendan dichas acciones.
- Suscribir acciones nuevas en una ampliación de capital con cargo a reservas. El procedimiento se realiza entregando derechos de suscripción preferente según la conversión de derechos en acciones nuevas que estime la compañía. No tiene carga fiscal hasta el momento de venta de las acciones.
Quizás con un ejemplo quede un poco más claro:
Si soy accionista de una compañía y tengo 100 acciones, me entregarán 100 derechos que podré canjear por nuevas acciones. En un supuesto caso de que el canje sean 3 Derechos por 1 Acción Nueva, tendré la opción de conseguir 33,33 acciones nuevas. Como bien sabrán no es posible disponer de fracciones de acciones por tanto se abre una nueva posibilidad:
- Suscribo 33 acciones nuevas canjeando mis derechos y vendiendo en el mercado los sobrantes.
- Suscribo 34 acciones nuevas canejando mis derechos y comprando nuevos derechos en el mercado.
La pregunta es la de siempre… ¿qué opción es mejor para el accionista?
Esto dependerá de la visión que éste tenga sobre la compañía. Si cree que seguirá subiendo y su inversión es estratégica (a largo plazo) el consejo más racional sería mantener las acciones y suscribir acciones nuevas.
En caso de haber sufrido una pérdida importante en la cotización y/o encontrarse en un punto estratégico en el cual haya comprado como una operación especulativa (a corto plazo) lo más racional sería la venta de derechos al mercado.
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